CICLO DE CONFERENCIAS - FISCALIDAD DE NO RESIDENTES
PRESENTACIÓN Y OBJETIVOS DEL CICLO.
La Resolución de 6 de febrero de 2023 de la Dirección de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual del Control Tributario y Aduanero para el 2023 fija como primordial, entre otros objetivos, el control de residencia y operaciones de no residentes, al hilo de ello y por la importancia de este objetivo de la AEAT, reproducimos literalmente la sección de la Resolución que motiva la puesta en marcha del presente ciclo de conferencias.
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ANÁLISIS PATRIMONIAL Y SOCIETARIO
En lo que se refiere al análisis patrimonial y el control de patrimonios relevantes, la experiencia acumulada ha permitido poner de manifiesto la existencia de conductas extremadamente lesivas para los intereses de la Hacienda Pública relacionadas con la simulación de la residencia fiscal fuera del territorio español, especialmente en casos de personas físicas, con la principal finalidad de obtener una tributación efectiva inferior a la debida.
Se trata de obligados tributarios que, residiendo de hecho en España, sitúan ficticiamente su residencia en otros territorios, señaladamente de baja tributación. Las actuaciones sobre esta irregularidad que se han venido realizando exigen un importante esfuerzo de investigación, por lo que su carácter es necesariamente selectivo.
En este orden de cosas, se ha observado también que un cierto número de personas no nacionales eligen vivir en España, estableciendo su residencia habitual en territorio español, permaneciendo en él durante más de 183 días del año natural, pero no comienzan a tributar como residentes por su renta mundial, sino que lo siguen haciendo, incorrectamente, a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes únicamente por la renta obtenida o generada en España.
Estos comportamientos serán objeto de comprobación.
Asimismo, se atenderá a la simulación de la residencia fiscal de algunos contribuyentes por la diferente tributación existente en una Comunidad Autónoma distinta de la real, con la intención de aprovecharse indebidamente de una inferior tributación.
En 2022 se han realizado actuaciones de control de forma coordinada con la Administración tributaria autonómica que procede continuar en el 2023, tendentes al control y regularización de aquellas conductas de deslocalización interna de contribuyentes con grandes patrimonios, que sitúan ficticiamente su domicilio fiscal en un ámbito de tributación distinto de su domicilio real con la única finalidad de reducir indebidamente la tributación en la imposición directa.
Estas situaciones afectan tanto a conceptos tributarios de gestión estatal como autonómica, siendo necesaria una coordinación entre ambas Administraciones con la finalidad de erradicar estas prácticas perniciosas.
Durante el año 2023 continuarán las labores de investigación directa sobre contribuyentes de alta capacidad económica, conocidos por sus siglas en inglés como HNWI (High Net Worth Individuals) o UHNWI (Ultra High Net Worth Individuals), para la detección y regularización de los comportamientos irregulares en que incurran.
Se avanzará en la búsqueda y uso de nuevas fuentes de información que puedan ser objeto de explotación masiva mediante las nuevas técnicas de gestión de datos y la optimización y depuración del uso de las ya existentes.
En este sentido, durante 2023, se dedicarán esfuerzos a la implementación y explotación de herramientas para la utilización masiva de la nueva información sobre inmuebles y sociedades procedente del Consejo General del Notariado (Índice Único Notarial) de la que dispone la Agencia Tributaria, con vistas a mejorar las labores de selección de riesgos y de comprobación tributaria.
También se procederá a la ejecución de planes de trabajo con base en la información disponible de titulares reales de sociedades opacas residentes en España que sean titulares de activos inmobiliarios residenciales de alto nivel, así como en lo que se refiere a la titularidad indirecta de inmuebles por no residentes, especialmente tras la reciente modificación del artículo 5.Uno.b) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, realizada por Ley 38/2022, de 27 de diciembre.
En cuanto al control de operaciones societarias, el diferente tratamiento que da el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades a rentas procedentes de la misma fuente ha sido aprovechado por los obligados tributarios para conseguir una menor tributación.
Las operaciones clásicas que rodean a cualquier sociedad de capital (constitución, aumento y reducción de capital, disolución y liquidación, separación de socios, etcétera) serán objeto de un seguimiento particular al objeto de que no sirvan de cobertura para disimular las capacidades económicas de sus propietarios en el IRPF, o sirvan de refugio de rentas opacas.
En base a lo anterior el Instituto Superior de Análisis Fiscal – ISAF, propone un ciclo de conferencias que, tributo a tributo, analiza aspectos de esta compleja materia como fiscalidad del Trust, operaciones inmobiliarias de no residentes, sucesiones y donaciones de no residentes, impacto de operaciones en el Impuesto sobre sociedades o análisis de convenios de doble imposición, entre otros.
Para ello ISAF ha reunido a un grupo de ponentes de primera línea , tanto del ámbito público procedentes de la Dirección General de Tributos, como del ámbito privado que antes han pasado por la referida DGT.
Asimismo se ofrece la óptica desde la tributación indirecta cedida a las Comunidades Autónomas (ITPyAJD) que, si bien, el tributo IRNR no es cedido, los no residentes realizan operaciones inmobiliarias mediante sociedades españolas.